¿NO ENCUENTRAS LO QUE BUSCAS?

Te ayudamos a resolver tus dudas, elige la categoría y consulta.

Pagar boleta

  • ¿Cuáles son las opciones para pagar mi cuenta?

    Porque sabemos que tu tiempo es valioso te ofrecemos diferentes opciones de pago. Puedes pagar tu cuenta en nuestro sitio web, a través de la aplicación móvil; también puedes optar a pagar tu cuenta de forma presencial u online en algunos de los recudadores externos con los que trabajamos, los puedes conocer en la sección opciones de pago

  • ¿Dónde puedo pagar el saldo anterior de mi cuenta?

    Puedes pagar tu saldo anterior en nuestro sitio web y a través de la aplicación móvil; también puedes optar a pagar tu cuenta de forma presencial u online en algunos de los recudadores externos con los que trabajamos, los puedes conocer en la sección opciones de pago

  • ¿Reciben pagos fuera de horario de atención a clientes?

    Si no puedes ir a nuestras oficinas comerciales a pagar tu cuenta, no te preocupes puedes pagar en cualquier otra opción de pago. Ver lugares de pago.

  • ¿Qué debo hacer para incorporarme a la modalidad de pago automático de cuentas (PAC)?

    Puedes suscribirte al pago automático de tu boleta electrónica con tu cuenta bancaria, solicitando el servicio directamente en tu banco. El descuento en tu cuenta corriente bancaria se efectuará el último día de vencimiento indicado en la boleta o factura.

  • ¿Cómo puedo conocer el estado de mi cuenta?

    Puedes conocer tu estado de cuenta accediendo a tu sucursal virtual con tu rut y clave. Si no estás registrado puedes hacer haciendo click aquí

Convenios pago

  • ¿Cómo se pagan las cuotas de los convenios de pago?

    El vencimiento de las cuotas de un convenio de pago, es el mismo que tiene la facturación del mes, es decir, el que aparece en la respectiva boleta o factura de consumo. Si no cancelas dentro de dicho plazo, el convenio de pago caducará automáticamente y entonces quedará en condiciones de corte de suministro por incumplimiento de convenio

Cambio de titular

  • ¿Qué documento debo presentar para hacer el cambio de titular de la boleta?

    Persona Natural 

    . Completa formulario de solicitud para cambio de titularidad, descarga aquí

    Certificado de Dominio Vigente de propiedad (no superior a 90 días)

    Contrato de Suministro, descarga aquí

    Fotocopia de Cédula de Identidad, del propietario.

    Fotocopia de Boleta/Factura (la que se debe realizar cambio)

    Si la propiedad no está a nombre de la persona que se requiere el cambio, el solicitante deberá presentar:

                            . Autorización Notarial de el/los dueños de la propiedad (Anexo 4 descarga aquí )

                            . Fotocopia de las cédulas de identidad del propietario y el solicitante. 

                     

    Persona Jurídica:

    . Completa formulario de solicitud para cambio de titularidad, descarga aquí

    Certificado de Dominio Vigente de propiedad (no superior a 90 días)

    Contrato de Suministro, descarga aquí

    Fotocopia de Cédula de Identidad, del representante legal.

    Fotocopia del Rol Único Tributario.

    Constitución de la sociedad (no superior a 90 días)

    Certificado vigencia de la sociedad (no superior a 90 días)

    Certificado vigencia de la personería (no superior a 90 días)

    Fotocopia de Boleta/Factura (la que se debe realizar cambio)

    . Si la propiedad no está a nombre de la persona que se requiere el cambio, el solicitante deberá presentar:

                           . Autorización Notarial de el/los dueños de la propiedad (Anexo 4 descarga aquí )

                           . Fotocopia de las cédulas de identidad del propietario y el solicitante.

                       

     

Toma de Lectura

  • ¿Cuándo toman la lectura de mi medidor?

    La lectura de medidores se realiza mensualmente, conforme a un programa preestablecido. Para orientar a nuestros clientes la empresa informa en las boletas de consumo, una fecha aproximada de la lectura para el mes siguiente.


    Puedes conocer la fecha de lectura en tu oficina virtual o llamando a nuestro Contact Center.

  • En mi casa no hay quien pueda dar al lector acceso al medidor ¿Qué puedo hacer?

    Si el lector no puede tener acceso a tu medidor, existe la opción de que tu mismo nos entregues la lectura del periodo, informandola a través de nuestra oficina virtual, app móvil, llamando a nuestro Contact Center o visitando una de nuestras oficinas.

  • La lectura actual informada en la boleta es superior a la que registra el medidor. ¿Qué puedo hacer en este caso?

    Te sugerimos llamar a nuestro Contact Center al 600 600 2500 e informar la lectura de tu medidor.

    Nuestros ejecutivos actualizarán tu lectura y estarán en condiciones de informarte el estado actual de la cuenta.

    también puedes dirigirte a cualquiera de nuestas oficinas para informarnos.

  • ¿Cómo leer el medidor?

    La lectura se hace indicando los dígitos del visor, sin considerar el dígito decimal, que se identifica al estar separado con una coma, punto, espacio o es de diferente color. Estos dígitos corresponden a los KW hora consumidos desde que se instaló el medidor. La diferencia entre lo que se muestra en el medidor el día de la lectura con lo facturado el mes pasado, corresponde al consumo del mes.

Recibir boletas

  • ¿Cómo puedo cancelar mi boleta o factura, si no la he recibido?

    Si no tienes a mano tu boleta o factura puedes pagar en cualquiera de nuestras opciones de pago solamente indicando tu número de cliente

  • ¿Qué día se reparte la boleta o factura de consumo?

    LuzLinares S.A. tiene dividida su zona geográfica en sectores. Dependiendo de tu sector geográfico, es el día que se entregará tu boleta o factura.

Medidor

  • ¿Qué tengo que hacer para trasladar el medidor dentro de mi propiedad?

    Sugerimos te dirijas a la oficina de servicio al cliente más cercana a tu domicilio, donde deberás firmar una orden de servicio, en la cual solicitas el traslado del equipo. En este lugar uno de nuestros ejecutivos te asesorará respecto de este traslado con el fin de cumplir la normativa vigente y te informará el costo asociado al servicio.
    Recuerda que cualquier modificación del empalme debe ser autorizada previamente por el dueño del inmueble

  • Encuentro que mi medidor registra mucho consumo. ¿Puedo solicitar una revisión?

    Puedes solicitar la revisión de tu medidor, nosotros solicitaremos el servicio a un empresa autorizada por SEC.
    En el evento que tu medidor efectivamente registra el consumo fuera de norma, este servicio no tendrá cargo para ti. En caso contrario, si el medidor funciona correctamente, el costo del trabajo es de cargo del cliente.
    La empresa tiene como política abonar al cliente los consumos registrados en exceso, de comprobarse el hecho a través del informe técnico de la empresa certificadora

  • ¿Por qué me cobran arriendo de medidor?

    El cargo por arriendo de medidor, se aplica a aquellos Clientes que no compraron su medidor y optaron por la modalidad de arrendárselo a la empresa, que es la propietaria de dicho equipo.

Limite de invierno

  • Si en un mes de invierno no toman la lectura del medidor, ¿en la próxima boleta quedo afecto a energía adicional de invierno?

    La falta de lectura de medidor en un mes de invierno, no implica cobro por energía de invierno, este será facturado en tu cuenta siguiente cuando sea facturado el servicio.

    Si el consumo acumulado es facturado posterior al periodo de invierno, el cargo por energía de invierno será prorrateado.

  • ¿Cuándo se aplica la energía adicional de invierno?

    El cargo por energía adicional de invierno se aplica en cada mes del período junio-julio, en que el consumo del cliente exceda 430 kWh/mes, siendo la base el límite de cada cliente generado entre agosto y mayo, agregado un 20%.


    Ante cualquier duda sobre cobros por concepto de límite de invierno, nuestros clientes pueden acercarse a nuestras oficinas de servicio al cliente para hacer las consultas pertinentes, o asimismo, por medio de nuestro Contact Center 600-600-2500


    ¿A quiénes se aplica el cargo por energía adicional de invierno?
    Se aplica sólo a los clientes que tienen tarifa BT-1, entre los meses de junio y julio, siempre y cuando su consumo mensual sea superior a los 430 kWh/mes y además supere su límite de invierno.

Detalle de cobros

  • ¿Por qué las empresas cobran cargo fijo mensual?

    El cargo fijo mensual cubre los costos en que incurren las empresas por concepto de:
    - Lectura de medidores.
    - Facturación
    - Reparto de boletas y facturas
    - Recaudación y atención de clientes en oficina comerciales.

    Los conceptos antes indicados no están contemplados en los cargos por energía y potencia eléctrica de las diferentes tarifas vigentes.

    Este cargo está regulado por Ley, así como los precios de la energía y potencia, por lo que las empresas no pueden aplicarlos a su arbitrio.

  • Transporte de la electricidad (Cargo único por uso del sistema troncal)

    ¿Qué significa lo que estoy pagando?
    Transporte de la electricidad: Monto que se paga por el uso de las torres y subestaciones que llevan la electricidad desde donde se produce hasta las afueras de la ciudad y que depende de la cantidad de electricidad consumida.

  • Recargo por aumento en el precio de la electricidad (ajuste tarifario)

    ¿Qué significa lo que estoy pagando?
    Recargo por aumento en el precio de la electricidad: Cobro por aumento en el precio de la electricidad no aplicado en su oportunidad.

  • Descuento por disminución en el precio de la electricidad (ajuste tarifario)

    ¿Qué significa lo que estoy pagando?
    Descuento por disminución en el precio de la electricidad: Descuento por disminución en el precio de la electricidad no aplicado en su oportunidad.

  • Descuento por interrupciones del servicio (Compensación)

    ¿Qué significa lo que estoy pagando?
    Descuento por interrupciones del servicio: Descuento que se aplica si durante un año la cantidad y/o duración de los cortes de luz es superior al permitido por la ley.

  • Ajuste para facilitar el pago en efectivo, mes anterior

    ¿Qué significa lo que estoy pagando?
    Ajuste para facilitar el pago en efectivo, mes anterior: Monto cobrado en la cuenta actual y que fue descontado el mes anterior para evitar pagar o recibir vuelto con monedas de $1 ó $5.

  • Ajuste para facilitar el pago en efectivo, mes actual

    ¿Qué significa lo que estoy pagando?
    Ajuste para facilitar el pago en efectivo, mes actual: Monto descontado en la cuenta actual para evitar pagar o recibir vuelto con monedas de $1 ó $5.

  • Administración del servicio (Cargo fijo mensual)

    Monto que se cobra por los gastos de administración, facturación y atención al cliente, independiente del consumo de electricidad.

  • Electricidad consumida (Cargo por energía base de las empresas del SING y en el caso del SIC a las tarifas no BT1)

    Monto que se cobra por la electricidad consumida durante el período de facturación y que incluye el uso de postes y transformadores.

    Observacion: Aplicable a todas tarifas de las empresas del SING y en el caso del SIC a las tarifas no BT1

  • Electricidad consumida (Cargo por energía base empresas del SIC y con tarifa BT1)

    Monto que se cobra por la electricidad consumida durante el período de facturación y que incluye el uso de postes y transformadores. Durante los meses de abril a septiembre se cobra la cantidad consumida hasta el límite de invierno.

    Observacion:
    Aplicable solo a empresas del SIC y con tarifa BT1

  • Trabajos de corte y reposición del servicio

    Cobro por las labores en terreno de corte y reposición del suministro derivadas de atrasos en el pago de tu cuenta.

  • Repactación de deuda anterior

    Monto acordado con la empresa para pagar en cuotas una deuda de consumos anteriores.

  • Consumo por sobre el límite de invierno (Cargo energía adicional de invierno)

    Monto que se cobra duran te los meses de abril a septiembre, en caso que el consumo del cliente sea superior a 430 kWh/mes y que sobrepase su límite de invierno.

Certificados

  • Necesito un certificado de factibilidad. ¿Dónde lo puedo solicitar?

    El certificado de factibilidad, puede ser solicitado directamente en nuestras oficinas comerciales.

Cortes por no pago

  • ¿A partir de qué momento quedo afecto a corte de suministro?

    Se procede a suspender el servicio, sólo después de transcurridos 45 días contados desde la fecha de vencimiento de la primera boleta o factura impaga, conforme lo establece la legislación vigente. No obstante, la Empresa cumple con informar de tal situación a los Clientes que puedan quedar afectos a esta situación, informándoles en su boleta la fecha de corte ”Corte a partir del dd/mm/aa”.

    Para el caso de clientes con convenio de pago vigente, si la cuota no es cancelada en la fecha de vencimiento, el servicio queda afecto a corte a contar del mismo día.

  • Tengo el servicio cortado, pero cancelé la deuda, ¿cuándo me repondrán el servicio?

    La ley obliga a las empresas distribuidoras a reponer los servicios suspendidos por deuda, dentro de las 24 horas siguientes al pago.

    Sin embargo, nuestro compromiso por brindar un servicio de excelencia, considera reponer el suministro en un plazo menor al señalado.

  • ¿LuzLinares S.A corta el suministro por no pago el fin de semana?

    Por política de empresa, LuzLinares S.A , no suspende el servicio a sus clientes los días , domingos y festivos; pero recomienda cancelar el día hábil anterior, a los clientes cuya boleta tiene asociado el mensaje de corte a partir del dd/mm/aa, con el fin de evitar posibles corte de suministro.

  • ¿Todos los clientes están afectos a corte de suministro?

    Efectivamente, la ley sólo prohibe el corte de suministro de hospitales y cárceles. El resto de los clientes morosos, están afectos a esta disposición.

  • Como administrador legal de un edificio, ¿puedo solicitar el corte de suministro a moradores morosos de gastos comunes?

    Efectivamente, de acuerdo a la Ley N° 19.537, el Administrador Legal de un edificio o comunidad, puede solicitar el Corte de suministro a un deudor de gastos comunes. El Administrador Legal debe presentar a la Empresa, los siguientes antecedentes:

    - Fotocopia legalizada del reglamento de copropiedad (inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, como Gravámenes e Hipotecas)

    - Fotocopia legalizada del Acta reducida a Escritura Pública (donde conste la elección del Administrador y del Comité de Administración respectivo)

    - Carta solicitud de Corte de suministro, la cual debe venir firmada por la totalidad de los miembros del comité y por el propio Administrador, indicando N° de medidor, dirección del servicio, meses de mora en los gastos comunes (mínimo 3 cuotas).

    Estos documentos son revisados por nuestra Asesoría Legal, quién en definitiva autoriza la operación de Corte. La Empresa, informará al o los afectados mediante carta-aviso de Corte con 5 días de anticipación.

SI NO ENCONTRASTE LO QUE BUSCAS, ESCRIBENOS! TE RESPONDEREMOS A LA BREVEDAD

  • Si no encontraste lo que buscas, ¡escríbenos! te responderemos a la brevedad

  • O llámanos al:

    600 600 2500

    desde celular (32) 2265340

Si no encontraste lo que buscas, ¡escríbenos! te responderemos a la brevedad

O llámanos al:

600 600 2500

desde celular (32) 2265340